Por Guzmán Ordóñez Socio de CUAPROSE.
Llevamos 15 años de la implementación de la Ley de Seguro Obligatorio de Automotores (SOA), Ley que se discutió en el Parlamento casi desde la época de la desmonopolización del seguro automotor, que fue aprobada en 1995. Ley 18.412: “Díctanse normas relacionadas con la creación de seguros obligatorios que cubran daños que sufran terceras personas, como consecuencia de accidentes causados por vehículos automotores.”
Ley que proteja al lesionado y al cliente no culpable con daños materiales.
Frente a un siniestro, hay situaciones en nuestra actividad profesional como corredores de seguros, que se nos hace difícil informar a un cliente que posee seguro total y que NO es culpable, que debe pagar deducible para reparar sus daños. Ya sea porque el culpable del siniestro no tiene seguro o porque no tiene la cobertura de daños materiales en su seguro de Responsabilidad Civil, porque solamente tiene SOA.
La primera reacción es: ¿Para qué tener seguro total si te chocan y hay que pagar igual? Resulta limitante que el enfoque de la Ley sea únicamente en el lesionado y no en el perjuicio material que genera la NO responsabilidad sobre el hecho.
Las leyes existen para cumplirse, para fortalecer la organización de la vida en sociedad y para regular límites y derechos. Fomentando la convivencia de una manera más justa, generando mayor estabilidad social y para el desarrollo del país. Es responsabilidad social y estatal impulsar leyes que promuevan una sociedad más justa. En resumen, la actual Ley no protege al que posee un seguro superior y en los hechos es lo mismo poseer SOA, ya que la Ley no prevé penas que ayuden a minimizar los incumplimientos, generando un porcentaje muy elevado de vehículos sin seguro que a corto o largo plazo traen perjuicios económicos a todo el sistema, que terminan absorbiendo nuestros clientes.